7 - marzo - 2024

¿Sabías que desde la pandemia se habilitó la receta digital?
La receta digital y/o electrónica es un documento de carácter sanitario, confeccionado y firmado por una o un profesional de la salud con firma electrónica, mediante el cual se prescriben medicamentos o cualquier otra práctica o prestación que requiere de receta.

Deben aceptarla en todas las farmacias y prescripciones médicas, odontológicas o cualquier otro profesional sanitario legalmente facultados a prescribir.

También podrán realizar una receta (en cualquiera de los medios vigentes) que contenga la prescripción destinada al tratamiento de patologías crónicas prevalentes en cantidad suficiente para cubrir hasta un máximo de 3 meses de tratamiento, eso se denomina receta prolongada.

Las leyes:

El decreto reglamentario de la Ley 27.553 para las recetas digitales y/o electrónicas, permite mejorar las condiciones de seguridad y calidad de atención, como también la interoperabilidad de los sistemas y el resguardo de la seguridad de la información, conforme los requisitos que debe observar este importante documento sanitario según las leyes de protección de datos personales, derechos de pacientes, prescripción por denominación genérica, resistencia a los antimicrobianos, etc. (N° 25.326, 25.649, 26.529 y 27.680).

En todas las farmacias deben suministrar los medicamentos prescriptos en cualquier formato de receta vigente, ya sea en papel o digital y/o electrónica ya que la Ley 27.553 y su reglamentación aplican tanto para las recetas o prescripciones electrónicas o digitales médicas y odontológicas, o de otros profesionales sanitarios legalmente facultados a prescribir.